Se declara la nulidad de pleno derecho de las cláusulas abusivas, por entender que excede de los límites legales del dinero, al haberse fijado un tipo de interés del 22,12%.
Los afectados solicitaron un crédito al consumo a la empresa COFIDIS HISPANIA EFC SAU,para el desarrollo de actividades mercantiles, ya que los afectados eran autónomos, siendo la calificación jurídica du préstamo mercantil.
La entidad financiera dió por vencido anticipadamente la totalidad de la operación por haber incumplido la obligación de reembolso.
La liquidación comprendía el capital que queda por amortizar, incrementado por el capital vencido y no pagado y los intereses vencidos y no pagados, siendo éstos últimos tal como se redactaron el el contrato, abusivos de pleno derecho, por superar desproporcionadamente el interés legal del dinero.
La sentencia anula todos los intereses ordinarios y obliga a pagar al deudor sólo la cantidad principal.

Gracias por la Sentencia, pero falta el fundamento de derecho SÉPTIMO. Si podéis, subidlo por favor. Gracias.