- Definición de la cuenta básica de pago y sus fines
Son un medio para administrar y ordenar pagos, de manejo fácil y con acceso para cualquier residente en un país de la Unión Europea.
Permiten depositar dinero, domiciliar el pago de recibos, transferencias y poseer una tarjeta de débito para obtener dinero en cajeros y realizar pagos en establecimientos comerciales dentro de la Unión Europea.
Consulte también el Portal del Cliente Bancario del Banco de España
- Para personas con “especial vulnerabilidad”
Se entenderá que un cliente se encuentra en situación de especial vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera cuando:
Los ingresos económicos brutos, computados anualmente y por unidad familiar, no superen los siguientes umbrales:
1.º Dos veces el indicador público de renta de efectos múltiples de doce pagas, vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar.
2.º Dos veces y media dicho indicador cuando se trate de personas integradas en alguna de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros.
3.º El triple de dicho indicador cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros o que tengan reconocida su condición de familia numerosa de acuerdo con la normativa vigente.
4.º El triple de dicho indicador cuando se trate de unidades familiares que tengan en su seno a una persona con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento reconocido oficialmente por resolución expedida por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales o por el órgano competente de las comunidades autónomas
- Comisiones tienen las cuentas de pago básicas
En un principio, las entidades bancarias ro nunca podrán aplicar unas comisiones más altas de los límites fijados por la ley. Estos topes dependerán del tipo de perfil que solicite este tipo de productos:
Para residentes de la UE, solicitantes de asilo o personas sin permiso de residencia, las cuentas de pago básicas no podrán tener una comisión superior a los 3 euros al mes. Este cargo deberá incluir un conjunto de servicios mínimos, que son:
- La apertura, el uso y el cierre de la cuenta.
- El depósito de dinero en la cuenta.
- Las retiradas de dinero en oficinas y cajeros del banco, tanto en España como en la UE.
- Los pagos con tarjeta de débito o de prepago (en establecimientos físicos y online).
- Hasta 120 operaciones domiciliaciones y transferencias (tanto efectuadas en las oficinas del banco como en sus páginas web).
Esta norma se incluye dentro del marco europeo de la directiva de Cuentas de Pago Básicas que, con el fin de alcanzar la plena inclusión financiera, establece el derecho de todo ciudadano a disponer de los servicios de una cuenta de pago básica a un precio razonable. Con carácter general, para personas que no estén en riesgo de exclusión, estas cuentas básicas podrán tener un precio máximo de 3 euros mensuales